I.-
Nombre, Domicilio y Duración
La
Sociedad Latinoamericana de Radiología Pediátrica
(SLARP) constituirá una corporación de derecho privado,
sin fines de lucro, que se regirá por los siguientes estatutos.
Su domicilio será la ciudad del país al que pertenezca
el Secretario General.
La
duración de la Sociedad será indefinida.
II.-
Propósito general y objetivos
Serán
propósitos generales y permanentes de la Sociedad
1.-
Organizar y reunir a los radiólogos pediatras de América
Latina.
2.-
Propender a su desarrollo y progreso científico.
3.-
Contribuir al progreso de la especialidad en conjunto con otras
ramas de la radiología y de la pediatría.
4.-
Prestar asesoría en la elaboración de los programas
de entrenamiento de la especialidad a requerimiento de los organismos
pertinentes.
5.-
Fomentar y difundir la educación e investigación
científica para el perfeccionamiento de los socios.
6.-
Fomentar la relación con otras Sociedades de Radiología
pediátrica del resto del mundo.
III.-
Idioma
Los
idiomas oficiales de la Sociedad serán el Español
y el Portugués
IV.-
Miembros
Estará
constituida por médicos con su título reconocido
por los respectivos organismos de cada país y por quienes
se dediquen en forma preferencial a la radiología pediátrica.
A.-
Socios Titulares: Son todos aquellos socios fundadores que concurrieron
a la asamblea del 26 de octubre de 1977 en Río de Janeiro,
Brasil y la totalidad de los actualmente inscriptos. Son requisitos
para ingresar como socio titular
a.-
Ser miembro de la sociedad de radiología del respectivo
país debidamente acreditada.
b.- Ser presentado por dos socios titulares.
B.-
Socios Correspondientes: Son todos aquellos Radiólogos
Pediatras que trabajan fuera del área de Latinoamérica
y que a juicio del Directorio tienen el mérito para integrarse
a la sociedad. Son requisitos para ser reconocido como socio correspondiente:
a.-
Ser presentado por dos socios titulares.
b.- Haber sido designado como tal por la unanimidad del Directorio.
C.-
Socios Honorarios: Son todos aquellos que a juicio del Directorio
han contribuido en forma significativa al progreso y conocimiento
de la Radiología Pediátrica en cualquier país,
dentro o fuera del ámbito latinoamericano. Es requisito
para ser reconocido como socio honorario haber sido designado
como tal por unanimidad del Directorio.
D.-
Socios Colaboradores: Son todas aquellas personas naturales y
jurídicas que con su actividad han contribuido extraordinariamente
a los logros de los objetivos de la Sociedad.
Es
requisito para ser reconocido como socio colaborador haber sido
reconocido como tal por la unanimidad del Directorio, el cual
deberá dar cuenta de este hecho a la Asamblea General.
Solo
los socios titulares constituirán la Asamblea General en
la cual pueden votar directamente y ser elegidos como autoridades.
Es
obligación de los socios pagar sus cuotas anuales que será
fijadas anualmente por la Asamblea General.
V.-
Delegados Regionales
Los
Delegados Regionales serán elegidos en la Asamblea Anual
de la Sociedad y representarán a los diferentes países
latinoamericanos que cuenten con socios titulares.
Podrán
permanecer en su cargo por un tiempo indefinido. Cada país
podrá tener entre uno y tres Delegados Regionales, según
sea la necesidad.
Su
función será promocionar las actividades de la Sociedad
en su país de origen y promover la incorporación
de nuevos socios. Estos Delegados mantendrán estrecho contacto
con el Directorio.
VI.-
Organización
La
Organización de la Sociedad estará regida por:
* Asamblea General
* Directorio
La
Asamblea General estará constituida por los Socios titulares
con sus cuotas al día y se reunirá anualmente en
conjunto con el Encuentro Científico.
El
Directorio estará constituido por cinco miembros: Presidente,
Presidente Anterior, Vicepresidente, Secretario General y Tesorero.
El Presidente elegido deberá provenir del país sede
del siguiente Encuentro y el Vicepresidente a su vez, del país
sede del subsiguiente Encuentro.
El
Directorio será elegido por la Asamblea General, por mayoría
simple de los presentes en la Asamblea. Regirá por un año
y entrará en funciones de inmediato. Deberá dar
cuenta anual de su gestión a la Asamblea General.
VII.-
Finanzas
Los
fondos de la Sociedad provendrán de donaciones y las cuotas
de sus socios titulares.
La
cuota anual será fijada por la Asamblea General. Los socios
con cuotas impagas por dos a más años, se considerarán
voluntariamente renunciados.
VIII.-
Artículos Transitorios
Se
efectuará una condonación de las cuotas sociales
por única vez, en 1999, para regularizar el registro de
socios.
Estos
Estatutos Generales serán transitorios y regirán
por dos años a partir de 1999, facultándose al Directorio
para proponer Estatutos definitivos, de acuerdo a los nuevos tiempos
y al futuro desarrollo de la Sociedad. |